domingo, 30 de junio de 2013

CARDENAL BURKE HABLA SOBRE DERECHO Y LITURGIA

El Cardenal Raymond Leo Burke, eximio canonista y liturgista, disertó durante su conferencia en el Congreso Sacra Liturgia 2013, sobre el importante y quizá poco valorado tema de las relaciones entre derecho y liturgia. La presencia del derecho divino y eclesiástico a la hora de normar el culto debido a Dios, nos recuerda que la liturgia no es un campo de juego o de experimentación abandonado a la creatividad de personas o de grupos paralitúrgicos. Más bien es un campo sagrado que, precisamente por estar regulado por la ley de Dios y de la Iglesia, nos asegura tributar al Creador el culto que le es debido y que le es verdaderamente grato. A la espera del texto íntegro, recojo a continuación el extracto que la misma página informativa del congreso publicó sobre el particular.

Es fundamental para la comprensión de la Sagrada Liturgia, fuente última y más alta realización de la vida cristiana, el estudio de su estructura jurídica, que se sitúa en la justa relación entre Dios y el hombre. Sin una adecuada apreciación de la estructura jurídica de la Sagrada Liturgia, el más grande tesoro de la Iglesia está sujeto a la incomprensión e incluso al abuso. El derecho que salvaguarda la estructura jurídica del sagrado culto es su aspecto más humilde y, sin embargo, irreemplazable. El derecho litúrgico, dentro del contexto de la Iglesia en el mundo actual, es visto primeramente con un fuerte antinomianismo (oposición a la ley). La noción de una específica norma litúrgica fluye de la relación de la Sagrada Liturgia con el ius divinum, es decir, de la justa relación del hombre con Dios y después, de la relación entre la disciplina canónica en general con el ius divinum. Una vez establecida la relación, tanto de la Sagrada Liturgia y del derecho canónico con el ius divinum o derecho divino, es posible entender la importancia esencial de las normas particulares del derecho litúrgico para la misión de la Iglesia. Comprender el acto del culto divino en su relación con el ius divinum, permite comprender cómo las normas del derecho litúrgico disponen rectamente el culto del hombre hacia Dios: el cuidado de ofrecer culto a Dios de la manera que Dios mismo lo pide. La disposición del culto divino, se ve favorecida por la disciplina que, con la ayuda de la gracia de Dios, purifica al hombre de pensamientos egoístas y deseos desordenados, y lo dispone a elevar su corazón al Señor.

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